PRINCIPALES SECTORES
Restauración
Somos la consultora de franquicia con mayor experiencia en este sector.
Servicios
Sector en el que es fundamental el perfil de franquiciado, su formación y su capacitación en la estructura del proyecto.
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Sector innovador con gran número de unidades. No deja de crecer y se dan cita todas la nuevas tendencias.
CÓMO FRANQUICIAR
Proyectos de franquicia
Preparamos a las empresas para poder iniciar su crecimiento a través de franquicias.
Expansión de Franquicias
Somos la consultora de referencia en proyectos de consultoría y desarrollo de redes de franquicia.
El contrato de franquicia es el auténtico pilar donde se sostienen las relaciones entre el franquiciador y el franquiciado. Es el que garantiza la pertenencia a la red y también es el que establece las normas y las pautas que garantizan el éxito del negocio y su crecimiento futuro.
Tal y como se expresa formalmente:
“Básicamente, la franquicia consiste en repetir una fórmula de éxito probado. Se trata de que una persona (el franquiciador) transmita a otra (el franquiciado) todo su conocimiento sobre un negocio que él mismo ha ideado, puesto en marcha, perfeccionado y desarrollado con éxito. Dicho con palabras más técnicas: la franquicia es un sistema de colaboración empresarial entre personas jurídicas y económicamente independientes por la que una parte (franquiciador) cede a la otra (franquiciado) el derecho de uso y explotación comercial de una marca y de un sistema comercial, a cambio de unas contraprestaciones económicas y ligados por un contrato”.
Si no se establece un contrato en condiciones, todo lo expuesto no se sostendrá en el tiempo. Esto impactará en la marca, en el esfuerzo desarrollado y en los ingresos.
1. Debe aportar los derechos de propiedad industrial objeto del contrato.
En concreto la titularidad de la marca por parte del franquiciador y la cesión de uso de la misma al franquiciado.
2. Debe aportar el know how del franquiciador.
Tal obligación no significa que el Saber Hacer del franquiciador deba ser transmitido en el contrato de franquicia. Sin embargo, el contrato sí debe establecer la obligación de que este saber hacer se transmite, la definición y las características generales del mismo y los instrumentos a través de los cuales se materializará dicha transmisión.
3. Formación inicial y prestación de asistencia continuada al franquiciado.
Debe quedar claramente definido el plan de formación y la asistencia durante la vigencia del contrato.
4. Zona de exclusividad de la Franquicia.
La zona de exclusividad es el área que designa el franquiciador al franquiciado, por la cual tiene derecho a explotar su negocio. Esta cláusula garantiza al franquiciado la no existencia de competencia directa en su misma zona.
5. Debe indicar las fuentes de suministro de los productos.
El franquiciado suele aprovisionarse exclusivamente a través del franquiciador o de proveedores homologados que han sido previamente autorizados por él.
6. Obligaciones financieras.
Deben quedar claramente determinadas las contraprestaciones económicas entre las partes. Las más habituales son: el Derecho de Entrada o Canon de Entrada que es un único pago en el momento de formalizar el contrato por parte del franquiciado. Y los Royalties, que son pagos periódicos mensuales que se establecen tanto por la pertenencia a la marca, como contribución publicitaria.
7. Debe establecer el sistema de control sobre la gestión del franquiciado.
Debe garantizarse el cumplimiento, por parte del franquiciado, de todas las obligaciones asumidas en el contrato. Especialmente las relativas al pago de las contraprestaciones económicas establecidas, respecto a la imagen corporativa de la red de franquicia, al sistema de aprovisionamientos y a la ausencia de uso indebido de la marca objeto de franquicia.
8. Derechos y obligaciones de las partes.
En este apartado se detallan ampliamente los derechos y obligaciones que tienen tanto el franquiciador como el franquiciado en los múltiples aspectos de la relación que se establece. Debe ser equilibrado. El incumplimiento de cualquiera de dichas obligaciones puede ser causa de resolución del contrato.
9. No competencia.
Quedan regulados todos los aspectos de no competencia contractual y postcontractual.
10. Duración del contrato.
Causas de resolución. Aunque no existe una duración determinada para la duración de un contrato de franquicia, lo habitual suele ser de 3 a 5 años. Teniendo que ser siempre superior dicho periodo a la amortización de la inversión realizada por parte del franquiciado.
Todos los contratos de franquicia acostumbran a ser intuitu personae. Esto es, en consideración a las cualidades profesionales, patrimoniales y personales del franquiciado. Y definen la independencia de las partes.
Por otro lado, y en cumplimiento de la Ley de Ordenación de Comercio Minorista, el contrato de franquicia debe ser entregado al futuro franquiciado antes de su firma con 20 días de antelación.
A continuación, se definen cada uno de los principales soportes documentales y legales que son requeridos en franquicia y conforman un Proyecto de Franquicia. Todos ellos son desarrollados por nuestro equipo.
El contrato constituye el pilar básico entre la empresa y sus franquiciados, ya que regulará la relación entre las partes durante toda su vigencia. Este documento deberá adaptarse a la legislación nacional aplicable a esta fórmula de asociacionismo comercial -dispersa, pero existente-, a las normativas particulares de cada sector de actividad y al Código Deontológico de Franquicia aplicable.
Con la firma de este documento, un candidato sin haber adquirido la condición de franquiciado -ésta sólo se adquiere con la firma del pertinente contrato de franquicia- puede reservarse el derecho de la franquicia en una determinada zona de exclusividad.
Es el documento que relaciona la información que deberá entregarse a un potencial franquiciado con una antelación mínima de 20 días a la firma de cualquier documento contractual o entrega de importe económico al franquiciador.
Este acuerdo permite la circulación de información confidencial entre las partes sin que pueda ser revelada a terceros.
Es una herramienta esencial en la comunicación del modelo de negocio a futuros franquiciados. Debe complementar la información exigida en términos de transparencia, junto con la información comercial de la propia empresa.
Son los elementos fundamentales que permiten reproducir el saber hacer del negocio para cedérselo a los futuros franquiciados y representan fielmente toda la forma de explotación de la actividad objeto de la franquicia. Son anexos a la firma del contrato del franquicia.
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